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Derecho Marítimo

Asesoría y representación en:

  • Registro de naves y artefactos navales
  • Contratos de construcción y compraventa de naves
  • Hipotecas navales
  • Trámites ante la autoridad marítima
  • Investigaciones administrativas y jurisdiccionales
  • Contratos de fletamento y transporte
  • Avería gruesa
  • Concesiones de playa, muelles y embarcaderos
  • Permisos y licencias de explotación para actividades marítimas
  • Seguros marítimos
  • Embargo preventivo de naves
  • Registro de rutas y tarifas

Derecho Portuario

Asesoría y representación en:

  • Concesiones portuarias y licencias de muelles y embarcaderos
  • Contratos de servicios portuarios
  • Responsabilidad civil de puertos y operadores portuarios
  • Reglamentos de condiciones técnicas de operación
  • Derecho de la competencia y el consumo en el sector portuario
  • Cobertura de seguro en la infraestructura portuaria

Derecho Aeronáutico

Asesoría y representación en:

  • Contratos de compraventa, arrendamiento, leasing y fletamento de aeronaves
  • Hipotecas sobre aeronaves
  • Matrícula de aeronaves
  • Operación de infraestructura aeronáutica y de aeronaves
  • Permisos de operación de empresas de aviación
  • Concesiones de aeropuertos
  • Drones
  • Seguros de aviación

Derecho de Transporte

Asesoría y representación en:

  • Contratación del transporte nacional e internacional
  • Seguros de transporte y seguros de responsabilidad civil del transportador
  • SICETAC
  • Habilitación y permiso de operación de empresas de transporte
  • INCOTERMS
  • Aduanero
  • Responsabilidad del transportador
  • Reclamaciones

Derecho de Seguros

  • Diseño y redacción de términos y condiciones de coberturas de seguros marítimos, de aviación, transporte, portuarios y de logística
  • Revisión de contratos de seguros marítimos, de aviación, transporte, portuarios y de logística
  • Gestión de reclamaciones

Derecho Ambiental

  • Licencias y permisos ambientales
  • Cumplimiento de convenios internacionales sobre medioambiente marino
  • Procesos sancionatorios ambientales
  • Cumplimiento ambiental
  • Responsabilidad ambiental

Derecho Comercial y Corporativo

  • Constitución de sociedades
  • Reforma de estatutos sociales
  • Contratos comerciales
  • Asesoría legal en reuniones del máximo órgano social y de la junta directiva
  • Asesoría legal en asuntos de derecho corporativo
  • Debida diligencia

Solución de Conflictos

  • Litigios ante las jurisdicciones ordinaria y contenciosa administrativa
  • Litigios ante superintendencias y otras autoridades administrativas con funciones jurisdiccionales
  • Seguros
  • Arbitraje administrativo
  • Arbitraje comercial nacional e internacional
  • Arbitraje marítimo nacional e internacional
  • Arbitraje de inversión

Políticas Públicas

Asesoría en la actualización y modernización de legislación de:

  • Transporte y logística 
  • Marítima
  • Portuaria 
  • Aeronáutica
  • Infraestructura

Aspectos legales de la Logística Comercial

  • Estudios de factibilidad de infraestructuras logísticas especializadas
  • Contratos de servicios de operación logística
  • Cobertura de seguros en las operaciones logísticas
  • Riesgos legales en las operaciones logísticas y de transporte
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Preguntas frecuentes

Un contrato de transporte es un acuerdo de voluntades por medio del cual una de las partes se obliga para con la otra, a cambio de un precio, a conducir de un lugar a otro, por determinado medio y en un plazo fijado, personas o cosas y entregar éstas al destinatario (Art. 981 del Código de Comercio)

El transporte de cosas por mar se contrata mediante dos modalidades: (i) el contrato de fletamento (charter party); y (ii) el contrato de transporte bajo conocimiento de embarque (bill of lading).

El contrato de fletamento se utiliza cuando una sola persona necesita transportar una cantidad de bienes que ocupa la capacidad total – o una capacidad significativa – de una nave, como es el caso de los productos a granel, como carbón, hierro, petróleo, gas, cereales, sal, azúcar, fertilizantes, úrea, entre otros.

El contrato de transporte marítimo bajo conocimiento de embarque se utiliza cuando se van a transportar mercancías que no ocupan la totalidad, ni una parte significativa, de la capacidad de la nave, como es el caso de la carga general, y usualmente, la carga embalada en contenedores.

El conocimiento de embarque o Bill of Lading (B/L) es el documento de transporte que expide el transportador después de que las mercancías se encuentran a bordo del buque.

Sirve de prueba de la existencia del contrato de transporte marítimo, y al mismo tiempo, constituye un recibo de las cosas transportadas a cuya descripción deben atenerse ambas partes (cargador y transportador) para su entrega en el puerto de destino.

También es un documento negociable (título valor representativo de las mercancías), que puede utilizarse para negociar o transferir los bienes durante su tránsito, a través del endoso y la entrega del B/L (si fue expedido en forma nominativa), o mediante su simple entrega (si fue expedido “a la orden”).

Igualmente, puede utilizarse para otorgar una garantía para respaldar un préstamo o una operación comercial. El Bill of Lading (B/L) también tiene funciones aduaneras en el proceso de importación o de exportación de las mercancías, así como otros usos en materia bancaria y en materia cambiaria.

La concesión portuaria es un contrato administrativo en virtud del cual se permite que una sociedad portuaria ocupe y utilice en forma temporal y exclusiva las playas, los terrenos de bajamar y zonas accesorias a aquéllas o éstos, para la construcción y operación de un puerto, a cambio de una contraprestación económica a favor de la Nación, y de los municipios o distritos donde operen los puertos.

La concesión portuaria es un contrato administrativo mediante el cual se autoriza a una sociedad portuaria a ocupar y utilizar en forma temporal y exclusiva las playas, terrenos de bajamar y zonas accesorias para la construcción y operación de un puerto, a cambio de una contraprestación económica a favor de la Nación. Las concesiones portuarias son autorizadas por la Agencia Nacional de Infraestructura o Cormagdalena de acuerdo con su jurisdicción.

La concesiones marítimas son la autorización que otorga la DIMAR para el uso, goce y usufructo temporal de bienes de uso público (como playas, terrenos de bajamar y aguas marítimas). Estas concesiones se otorgan únicamente para actividades específicas como turismo, recreación, pesca, acuicultura, astilleros, industria, hoteles, marinas, embarcaderos, emisarios submarinos, obras de protección, dragados no portuarios, entre otros.

Un puerto de servicio privado es aquel en donde sólo se prestan servicios a empresas vinculadas jurídica o económicamente con la sociedad portuaria propietaria de la infraestructura.

Por su parte, un puerto de servicio público es aquel en donde se prestan servicios a todos quienes están dispuestos a someterse a las tarifas y condiciones de operaciones.

La Superintendencia de Transporte es la entidad encargada de vigilar e inspeccionar a los puertos. (Art. 27.1 Ley 1 de 1991; Arts. 5.3. y 5.4. Decreto 2409 de 2018)

Es un mecanismo de solución de disputas relativas a inversiones internacionales y en el cual intervienen inversores extranjeros y Estados receptores, según acuerdos como Tratados de Libre Comercio (TLC) o Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de inversiones (APPRI), entre otros.

Las protecciones más comunes debatidas son:

  • Protección contra la expropiación (directa, indirecta)
  • Trato justo y equitativo
  • Trato nacional
  • Trato de nación más favorecida
  • Libertad para transferir fondos
  • Protección y seguridad total

La concesión portuaria es un contrato administrativo en virtud del cual se permite que una sociedad portuaria ocupe y utilice en forma temporal y exclusiva las playas, los terrenos de bajamar y zonas accesorias a aquéllas o éstos, para la construcción y operación de un puerto, a cambio de una contraprestación económica a favor de la Nación, y de los municipios o distritos donde operen los puertos.

La principal diferencia que puede identificarse es el elemento transnacional de la disputa. El arbitraje nacional suele contemplar un conflicto entre partes domiciliadas en el mismo país y respecto de una controversia que no involucra un elemento extranjero y viceversa.

Por lo tanto, mientras que en un arbitraje nacional las reglas y procedimientos están regulados por la legislación Colombiana, el arbitraje internacional podrá someter la disputa a una legislación externa, ajena a la colombiana.

En particular, la ley establece que el arbitraje internacional se caracteriza por cumplir uno de los tres criterios previsto en el articulo 62 de la Ley 1563 de 2012:

  • Las partes domicilios tienen en Estados diferentes
  • El lugar del cumplimiento de una parte sustancial de las obligaciones está situado fuera del Estado en el cual las partes tienen sus domicilios;
  • La controversia sometida a decisión arbitral afecte los intereses del comercio

Casos de Éxito

Elaboración de recomendaciones para modernizar la normatividad de transporte en Colombia (2014-2016), asesoría en los ineamientos de política pública en materia servicio de transporte automotor de carga y elaboración de estudios de factibilidad para la Plataforma Logística Periurbana de Soacha

Análisis orientador para la formulación de políticas públicas en materia de formalización del transporte automotor de carga y elaboración de una propuesta de Decreto relativa a la operación de zonas de actividad logística y transporte terrestre de carga en República Dominicana

Representación ante la Superintendencia Financiera para solicitar la inscripción y la actualización de ésta en el REACOEX

Asesoría relacionada con terrenos de bajamar, elaboración de contratos, representación ante la Superintendencia de Transporte en investigaciones de incumplimientos contractuales, entre otros asuntos

Exoneración de la responsabilidad del armador de un buque en investigación jurisdiccional adelantada por la Dirección General Marítima (DIMAR) por el siniestro marítimo de encallamiento de un buque...

Reclamo por incumplimiento contrato servicio de mantenimiento mayor de tanque almacenamiento de petróleo crudo, tramitado a través de un proceso arbitral complejo...

Reclamación puerto de servicio público y otras empresas por colisión de embarcación de mayor calado contra un muelle...

Siniestro marítimo en las instalaciones de empresa del sector marítimo, investigaciones administrativas ante la DIMAR, reclamación del seguro de responsabilidad civil, representación en litigios arbitrales y laborales...

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